No habrá sanción para jóvenes mayores de 18 años que no se inscriban al RFC: SAT
Con la Miscelánea Fiscal 2022 se aprobó el Registro
Federal de Contribuyentes (RFC) obligatorio para mayores de 18 años.
La incorporación al RFC y, la obtención en conjunto
de la e.firma (firma electrónica) no implica que estén obligados a pagar
contribuciones ni a presentar declaraciones, a menos que ya realicen alguna
actividad económica.
Además, de acuerdo con lo aprobado por el Congreso
de la Unión, ningún joven será sancionado por no registrarse ante el Servicio
de Administración Tributaria (SAT). Esta institución tiene muy claro que la
transición del registro llevará cierto tiempo y durante este lapso no habrá
penalidades, ni multas, ni sanciones.
Con esta propuesta, el SAT busca incorporar al RFC a
los jóvenes mayores de 18 años con la finalidad de introducirlos a la cultura
contributiva, pero, sobre todo, protegerlos del robo de identidad ya que las
empresas fantasma los utilizan como prestanombres.
Al contar con su RFC y su firma electrónica, los
jóvenes recibirán avisos en los medios de contacto que den de alta (correo
electrónico), en caso de que su identidad haya sido utilizada por dichas
empresas. Cabe mencionar que la Secretaría de Educación Pública solicita el RFC
y la firma electrónica para poder emitir las cédulas profesionales de los
recién graduados y titulados.
Beneficios:
Se asegura su identidad fiscal.
Pueden realizar trámites y servicios comprobando su
identidad digitalmente.
El SAT protege sus datos y se combate la corrupción
al prevenir el robo de identidad.
La e.firma (firma electrónica) es un archivo seguro,
cifrado y tiene la validez de una firma autógrafa.
Cabe mencionar que, si los jóvenes ya estaban
inscritos en el RFC y no trabajan, deben verificar que estén registrados como:
“Inscripción de personas físicas sin actividad económica” en el Portal del SAT
para no generar obligación fiscal. El link es https://www.sat.gob.mx/aplicacion/login/43824/reimprime-tus-acuses-del-rfc.
Ahí deben revisar su Constancia de Situación Fiscal y revisar que en la sección Régimen mencione: “Sin obligaciones fiscales”. En caso de no poder ingresar a este link por su falta de Contraseña, se sugiere solicitarla en SAT ID https://satid.sat.gob.mx/.
Finalmente, es importante aclarar que los jóvenes
que se inscriban al RFC sin actividad económica no están obligados a pagar
impuestos ni a presentar declaraciones informativas, mensuales o anuales;
tampoco a dar avisos, a menos que cambien de régimen e inicien actividad;
mientras tanto, el SAT no aplicará ningún tipo de sanciones o cobro de
impuestos por ello. (Imagen tomada de internet)
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