Ley y Gobierno
Sin duda, la ley determina la
forma de gobierno. El diseño constitucional y distintas leyes secundarias
definen con claridad la forma de gobierno y sus sistemas constitucionales que
garantizan una República Democrática o un Gobierno Despótico; en este caso, uno
de los clásicos de la Ciencia Jurídica, la Teoría del Estado y la Ciencia
Política expone magistralmente de como la ley es determinante en la forma de
gobierno y en particular a los gobernantes que buscan a toda costa reformar,
adicionar o derogar diversos artículos de la Constitución Política y de Leyes
Secundarias para modificar la forma de gobierno y así tratar de perpetuarse en
el poder.
Me refiero al ilustre
Montesquieu en su obra magnifica denominada “Del espíritu de las leyes”,
una de las obras más grande del siglo XVIII. En esta obra suprema Montesquieu
explica en su “Libro Primero” la naturaleza de las leyes en general y las leyes
de la naturaleza. En el “Libro Segundo” expone las leyes que se derivan
directamente de la naturaleza del gobierno. Su Teoría propone tres distintos
gobiernos: del Gobierno Republicano y de las leyes relativas a la democracia;
de las leyes relativas de la aristocracia; de las leyes relacionadas con el Gobierno
Monárquico; y de las leyes relativas a la naturaleza del Estado Despótico. Cada uno de los distintos gobiernos expone
Montesquieu en su Teoría contienen una serie de principios.
En el primer caso, un Gobierno
Republicano contiene esencialmente y necesariamente el principio de la Democracia.
En el segundo tipo de
gobierno, la Aristocracia, es requerida la virtud, la ley establece quien es el
monarca y quienes son los súbditos; el principio de la aristocracia tiene por
sí mismo cierta fuerza que la democracia no tiene. Los nobles señala
Montesquieu en la democracia forman un cuerpo que, por sus prerrogativas y por
su interés particular reprime al pueblo hasta que haya leyes para que, a este
respecto sean ejecutadas.
En el estado monárquico la
virtud no es un principio. En las monarquías, establece Montesquieu, la
política hace ejecutar las grandes cosas con la menor suma de virtud. El estado
subsiste independientemente del amor a la patria, del deseo de verdadera
gloria, de la abnegación, del sacrificio de los propios intereses. En la
monarquía las leyes sustituyen a las virtudes. Aunque todos los crimines sean
públicos por su naturaleza, no dejan de distinguirse los crímenes
verdaderamente públicos de los crímenes particulares, así llamados porque
ofenden más a una persona que a la sociedad entera. En las repúblicas los
crimines particulares son más públicos, es decir, ofenden más a la sociedad
entera, a la constitución del estado, que a los individuos; y en las monarquías,
los crimines públicos son más privados, esto es, más lesivos para los
particulares que para la constitución del estado.
En el Estado Despótico el
honor ni la virtud son principios; el honor tiene reglas constantes y
sostenidas y el déspota no tiene ninguna regla y ninguna virtud, sus mudables
caprichos destruyen toda la voluntad ajena. El principio del Gobierno Despótico
es necesario la implementación del temor; en esta clase de gobierno, la virtud
no es necesaria y el honor hasta sería peligroso. En el Gobierno Despótico, el
gran señor no está obligado a cumplir su palabra ni sus juramentos, pues estos
limitarían su autoridad.
La luz que aporta Montesquieu
para entender los tipos de gobierno es de gran valía cuando se trata de
entender o explicar porque un gobernante actualmente pretende modificar la
Constitución, crear o derogar Leyes Secundarias y con ello, desaparecer Sistemas
Constitucionales que habían sido creados a partir de las necesidades sociales.
El dilema es claro para todos los mexicanos, bajo la lupa de Montesquieu, tenemos que decidir sobre fortalecer la Republica con Principios Democráticos o bien permitir el establecimiento de un aparente Estado Despótico. Como siempre la iniciativa debe ser ciudadana y no esperar que el gobierno o los partidos políticos tomen la iniciativa, ya que el sistema político está colapsado.
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