Gana amparo CTM en el caso de la UPTx
Después de seguir la secuela procesal en el juicio de amparo 507/2024, ante el Juzgado Tercero de Distrito, la justicia federal determinó amparar y proteger al Sindicato de Trabajadores, Profesionistas y de Servicios, Similares y Conexos, que encabeza como secretario general Francisco Mixcoatl Antonio.
Lo anterior derivado de la demanda que se presentó contra la Universidad Politécnica de Tlaxcala, para la firma y celebración de Contrato Colectivo de Trabajo.
La justicia federal determinó que el Tribunal de Conciliación y Arbitraje del Estado de Tlaxcala no es competente para conocer del asunto en contra de la Uptx.
Y obliga al Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral a que otorgue la constancia de representatividad a efecto de que en términos de lo que establece el artículo 123 constitucional apartado A, se obligue a la Universidad a firmar el Contrato Colectivo de Trabajo con el que sea emplazada por parte del Sindicato.
Así mismo determinó que el artículo 28 del Decreto por el que fue creada la Universidad Politécnica de Tlaxcala, de fecha veinticinco de noviembre de dos mil cuatro, que establece que las relaciones de trabajo entre la Universidad Politécnica de Tlaxcala y sus trabajadores sindicalizados y de confianza, se regirán por la Ley Laboral de los Servidores Públicos del Estado de Tlaxcala y sus Municipios, es inválido para este asunto, ya que el mismo fue derogado tácitamente por el artículo 1 de la Ley Laboral de los Servidores Públicos del Estado de Tlaxcala y sus Municipios vigente a la fecha, y que exceptúa de la aplicación de esta ley a los servidores públicos de los organismos públicos descentralizados como lo es la Universidad Politécnica de Tlaxcala.
Con esta determinación, el Sindicato goza de plena libertad sindical para ejercer el derecho de sindicación de los docentes, administrativos y de servicios de la Uptx.
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