Crea TSJE dos Juzgados en materia de justicia laboral

Crea TSJE dos Juzgados en materia de justicia laboral

Que resolverá diferencias o conflictos entre trabajadores y patrones, conforme a reforma federal.

El Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala aprobó el acuerdo 02/2021, a través del cual se crearon los Juzgados Primero y Segundo de lo laboral, como parte de la reforma federal en materia de justicia laboral que indica que “la resolución de las diferencias o los conflictos entre trabajadores y patrones, estará cargo de los tribunales laborales del Poder Judicial de la Federación o de las entidades federativas (…)”.

 El 1 de mayo de 2019, fue publicado en el Diario Oficial de la Federación las reformas y adiciones a diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo, en materia de Justicia Laboral, Libertad Sindical y Negociación Colectiva; asimismo, el artículo 604 del ordenamiento en cita, consignó que corresponderían a los Tribunales de las Entidades Federativas, el conocimiento y la resolución de los conflictos de trabajo que se suscitaren entre trabajadores y patrones, solo entre aquellos o sólo entre éstos, derivado de las relaciones de trabajo o de hechos relacionados con ellos.

 La instauración de los Juzgados Primero y Segundo del TSJE quedó oficializada el pasado 21 de julio al publicarse el acuerdo en el Periódico Oficial del Estado de Tlaxcala, en donde se hacen diversas consideraciones.

 El Juzgado Primero entrará en funciones en la fecha que establezca la declaratoria que emita el Congreso del Estado; mientras que el Segundo, cuando las posibilidades presupuestarias lo permitan.

“Se asigna como competencia de ambos Juzgados Laborales la correspondiente a todo el Estado de Tlaxcala. La residencia del Juzgado Primero de lo Laboral será el recinto oficial denominado Ciudad Judicial; y del Juzgado Segundo de lo Laboral donde el Pleno del Tribunal Superior de Justicia lo determine”.

Corresponderá al Consejo de la Judicatura del Estado, instrumentar en el orden administrativo la estructura orgánica, así como emitir los acuerdos necesarios e indispensables para el óptimo funcionamiento de los órganos jurisdiccionales.