Revocación de mandato
Revocación de mandato: Los malos presidentes municipales morenistas exhiben a Gabriel Biestro y cía por proteger a pésimos ayuntamientos
Seguramente a estas alturas hasta alguien como Gabriel Biestro, coordinador de la mayoría de Morena en el Congreso de Puebla, ya debe tener muy claro que la gente de la Angelópolis y su zona conurbada (San Pedro y San Andrés Cholula, Cuautlancingo, Coronango, Amozoc, etc) está desilusionada, cansada o, incluso, enojada por el desempeño de los ayuntamientos en esos municipios.
El elevado abstencionismo en las elecciones extraordinarias del pasado 2 de junio y, sobre todo, la derrota ante el PAN con la baja votación de Morena en Puebla capital y los demás centros urbanos cercanos a ella debieran ser asumidos por Biestro y demás diputados morenistas como una señal de alerta de lo que les puede pasar en los comicios locales intermedios del 2021: https://desdepuebla.com/2019/06/04/autoengano-pensar-que-el-abstencionismo-quito-votos-a-morena-en-la-zona-metropolitana/.
Y, por si fuera poco, después de que su colega del PAN, Oswaldo Jiménez, se aventó la puntada de meter en la Legislatura la petición formal para que se “revoque” el mandato a la presidenta municipal de Puebla, Claudia Rivera Vivanco, comenzaron a lloverle peticiones para que “destituyan” también a los ediles de San Martín Texmelucan, Norma Layón; Amozoc, Mario de la Rosa; San Pedro Cholula, Luis Alberto Arriaga; Cuautlancingo, Guadalupe Daniel Hernández; Tehuacán, Felipe Patjane, etc.
Así que en la fracción parlamentaria de Morena en el Congreso local debe asumirse que, si abren la puerta para revocar el mandato de un alcalde…tendrán que dejar abiertas las ventanas, rejas y todo para atender las peticiones de destitución de un sinfín de presidentes municipales, sobre todo morenistas, que : https://desdepuebla.com/2019/06/19/piden-destitucion-de-norma-layon-por-privatizar-el-agua/.
Pese a ello, todo apunta a que Gabriel Biestro y la mayoría morenista en el Congreso local -sedicentes "renovadores" de la 4T- harán con dichas peticiones de revocación lo mismo que hacían los priístas y panistas cuando tenían el control legislativo: defender a los alcaldes emanados de sus partidos a capa y espada por motivos electoreros, pese a la creciente inconformidad social ante los malos gobiernos municipales.
FRIVOLIDAD DE LUIS ALBERTO ARRIAGA Y NORMA LAYÓN E INEPTITUD DE GUADALUPE DANIEL HERNÁNDEZ Y MARIO DE LA ROSA NO SON MOTIVOS DE REVOCACIÓN DE MANDATO
Además, revocar el mandato de un presidente municipal es un proceso jurídico que no resulta rápido ni sencillo, según los preceptos legales incluidos en a este proceso: la Constitución Política del Estado de Puebla, la Ley Orgánica Municipal y la de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
Es cierto que Luis Alberto Arriaga se la pasa de viaje en lugar de gobernar San Pedro Cholula, que está sumido en la inseguridad. También lo es que mientras en Texmelucan derrama sangre cada día, Norma Layón se la vive de fiesta…pero la Ley Orgánica Municipal no contempla a la frivolidad como causal de revocación de mandato:https://desdepuebla.com/2019/06/13/almomento-esta-es-la-cholula-segura-de-luisalbertoarriaga/.
Otros dos alcaldes morenistas, Guadalupe Daniel Hernández y Mario de la Rosa, de Cuautlancingo y Amozoc, respectivamente, se han erigido en ejemplos de incapacidad y conflicto, porque sus gestiones se caracterizan por la inseguridad, falta de proyecto y el gran enojo de los ciudadanos ante el evidente fracaso de sus ediles:https://desdepuebla.com/2019/06/10/decadencia-electoral-de-morena-en-la-zona-conurbada-de-puebla-capital/.
Y ¿quién puede culpar a los vecinos de dichos y otros municipios por sentirse desilusionados de sus presidentes?, aunque –desafortunadamente- la ineptitud de Guadalupe Daniel Hernández, Mario de la Rosa y demás tampoco es motivo LEGAL para destituirlos.
REVOCACIÓN DE MANDATO: UNA CAMISA DE FUERZA
Aunque las leyes de Puebla sí contemplan la posibilidad de revocar los mandatos de los alcaldes, en los hechos resulta complicado, casi imposible, quitarles sus cargos, ya que la Ley Orgánica Municipal (artículos 57, 58 y 59) establece causales subjetivos y/o muy difíciles de comprobar, como faltar reiteradamente al cumplimiento de las funciones encomendadas por la ley, cuando con ello se causen perjuicios graves al Municipio o a la colectividad.
En teoría: “el Congreso del Estado revocará el mandato del Presidente Municipal, los Regidores y del Síndico, declarando la desaparición de dicho Ayuntamiento, por las causas que a continuación se señalan: I.- Por falta absoluta de la mayoría de los integrantes del Ayuntamiento, siempre y cuando no proceda que entren en funciones los suplentes ni que se celebren nuevas elecciones;
“II.- Por conflicto suscitado entre los integrantes del Ayuntamiento, o entre éste y la población del Municipio, que haga imposible el cumplimiento de los fines del mismo, o el ejercicio de sus funciones; y III.- Por cualquier causa grave que impida el ejercicio de las funciones del Ayuntamiento, conforme al orden Constitucional Federal o Local.
“En cualquiera de estos casos, se procederá a nombrar un Concejo Municipal integrado por vecinos del Municipio, los que deberán reunir los mismos requisitos que los exigidos para los Regidores y el cual funcionará durante el tiempo que el Congreso del Estado determine”.
CONGRESO LOCAL: ENTRE LA ESPADA Y LA PARED POR LA INCONFORMIAD CIUDADANA CONTRA MUCHOS EDILES
Otros elementos para la revocación de los mandatos de los alcaldes son: el ataque a las garantías individuales o sociales y a la libertad del sufragio; los actos que impliquen violaciones a los planes, programas y recursos de la Administración Pública Estatal o Municipal, así como aquellos que no les sean permitidos por la Ley, propiciar conflictos entre Ayuntamientos que obstaculicen el cumplimiento de sus fines o el ejercicio de sus respectivas competencias; la usurpación de funciones.
Sin embargo, en la práctica y como el mismo marco legal lo establece (artículo 60), depende exclusivamente de la voluntad política del legislativo el deponer o no a un presidente municipal. Y en el caso de Gabriel Biestro y cía, están entre la espada y la pared ante la creciente inconformidad ciudadana contra muchos ediles.
Porque –como ya se dijo – si la mayoría morenista en la actual Legislatura de Puebla accediera a revocar la gestión de algún munícipe...ese mismo día le llegarían decenas de solicitudes formales para deponer a los demás y la ingobernabilidad sería insostenible y generalizada: https://desdepuebla.com/2019/04/22/norma-layon-excelente-candidata-a-ser-la-primera-presidenta-municipal-de-morena-destituida-por-inepta/.
Pero -si se niega a sancionar la frivolidad e incompetencia predominantes en varios de los ayuntamientos emanados de su mismo partido- la ciudadanía se los podría cobrar con creces en las urnas en los comicios intermedios del 2021:https://desdepuebla.com/2019/05/16/la-peticion-para-destituir-a-claudia-rivera-es-solo-una-estrategia-electorera-afirma-gabriel-biestro/.
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