Multa TET a autoridades de Totolac
· Se declaró la inexistencia de infracciones en PES presentados en contra de personas que participaron en el Proceso Electoral Extraordinario y medios de comunicación
A través del acuerdo plenario aprobado por las magistraturas del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) se impuso una multa a autoridades del ayuntamiento de Totolac, por el incumplimiento a lo ordenado por la autoridad jurisdiccional, dentro del Juicio de la Ciudadanía número TET-JDC-008/2024.
Lo anterior, porque este juicio fue resuelto a través de la sentencia de fecha 19 de febrero del año en curso, en la que se ordenó al Ayuntamiento de Totolac que, una vez que realizara los ajustes al presupuesto de egresos correspondiente, realizara el cálculo y el pago de la retribución económica de fin de trienio, así como el pago de las diferencias salariales no liquidadas a partir del 26 de enero de 2024 en favor de las personas titulares de las presidencias de comunidad, por haberse aprobado la homologación del monto de sus remuneraciones con las de las personas regidoras.
Luego, en un primer análisis al cumplimiento de la sentencia definitiva, el 21 de mayo de la presente anualidad el pleno del TET advirtió que el Ayuntamiento de Totolac no había efectuado los pagos ordenados y posteriormente, el 21 de junio determinó que la misma no se encontraba cumplimentada, por lo que impuso las medidas de apremio que estimó pertinentes y ordenó nuevamente efectuar los pagos a los que fueron condenadas, otorgando para ello un plazo de tres días hábiles.
Al respecto, se señaló durante la sesión celebrada el pasado viernes que, el 02 de julio pasado, la Síndica Municipal de Totolac presentó ante el TET una propuesta de pago, exhibiendo diez cheques expedidos en favor de los actores, con lo cual se dio vista a las personas actoras para que manifestaran lo que a su interés conviniera. En respuesta, las personas actoras manifestaron no aceptar la propuesta de pago formulada por las autoridades responsables. Luego, con fecha 23 de julio del año en curso, la Síndica presentó otra propuesta de pago en parcialidades, que también fue rechazada por las personas actoras del presente juicio.
No obstante, a pesar de que estas actuaciones puedan interpretarse como manifestaciones de voluntad orientadas a cumplir con lo ordenado en la sentencia, al no constituir su cumplimiento material y debido a que el TET tiene el deber constitucional y legal de verificar que la ejecutoria se cumpla cabalmente en sus términos y dentro de los plazos fijados, la sola existencia de actos preparatorios o solicitudes de ampliación presupuestaria ante otras instancias, no implica, en modo alguno, que el asunto se encuentre en vías de cumplimiento, por lo que se aprobó la imposición de multas equivalentes a 150 Unidades de Medida y Actualización (UMAS) en el caso del Presidente Municipal; 75 UMAS a la Síndica Municipal y personas regidoras; y 45 UMAS a las personas titulares de las presidencias de comunidad del municipio de Totolac, dada la reincidencia en el incumplimiento a la ejecutoria.
Además, se ordenó nuevamente al Ayuntamiento de Totolac, dar cumplimiento a la sentencia definitiva dictada en el presente juicio, en el plazo máximo de tres días hábiles contados a partir de la notificación de esta determinación del TET.
Finalmente, las tres ponencias del presentaron al Pleno las propuestas de sentencias para resolver los Procedimientos Especiales Sancionadores a cargo de cada una, y por voto unánime, declararon la inexistencia de las infracciones atribuidas a las partes involucradas, correspondientes a personas que participaron el Proceso Electoral Extraordinarios, para cargos en el Poder Judicial y medios de comunicación.
Estos procedimientos corresponden a los expedientes identificados con los números TET-PES-004/2025, TET-PES-010/2025, TET-PES-013/2025, TET-PES-019/2025, TET-PES-022/2025, TET-PES-028/2025, TET-PES-037/2025, TET-PES-040/2025 que estuvieron a cargo de la primera ponencia, el TET-PES-005/2025, TET-PES-008/2025, TET-PES-011/2025, TET-PES-014/2025, TET-PES-023/2025, TET-PES-026/2025, TET-PES-035/2025, TET-PES-038/2025, TET-PES-044/2025 a cargo de la segunda ponencia y el TET-PES-006/2025, TET-PES-012/2025, TET-PES-018/2025 y TET-PES-045/2025 a cargo de la tercera ponencia.
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