Remite TET otra impugnación de elección de congresistas de Morena a la Sala Superior
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Además,
atendió asuntos municipales y con la creación de nuevos partidos políticos.
En la sesión
ordinaria del Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala celebrada este miércoles
3 de agosto de 2022, la Magistrada Presidenta y Magistrados del Tribunal
Electoral de Tlaxcala (TET), Claudia Salvador Angel, José Lumbreras García y
Miguel Nava Xochitiotzi, atendieron asuntos referentes a la elección de
consejeros nacionales del partido Morena, al reclamo de pago de remuneraciones en
algunos municipios y la creación de nuevos partidos políticos.
El primer asunto
abordado fue el expediente TET-JDC-071/2022, promovido por José Hernández Sosa
y Lizbeth Alvarado Méndez en contra del Comité Ejecutivo Nacional de MORENA
CDMX y Comisión Nacional de Elecciones de MORENA, por el Proceso interno de
renovación de este instituto político.
Por esa razón, el
TET se declaró como autoridad jurisdiccional sin competencia para atender este
asunto y resolver el medio impugnativo presentado por los promoventes, pues la
controversia planteada por la parte actora, radica en que los cargos partidistas
denominados “congresistas nacionales“, tienen facultades vinculadas con la
estructura de MORENA a nivel nacional, por lo que las impugnaciones
relacionadas con su elección, son de la competencia, en principio, de los
órganos de justicia partidista nacionales, o bien, en los casos en que se
justifique saltar la instancia intrapartidista, de la Sala Superior.
Debido a que el impugnante
solicitó que se admitiera el trámite de juicio vía per saltum, es decir, solicitando
saltar la instancia de la justicia intrapartidista, dado lo avanzado de los
plazos del proceso de renovación de la estructura interna, como lo es la
elección de los órganos ejecutivos del partido político en comento, por
unanimidad de votos los integrantes del Pleno del TET aprobaron remitir el
expediente a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la
Federación.
El expediente TET-JDC-480/2021
promovido por el otrora Suplente en funciones de propietario de la Primera
Regiduría del Ayuntamiento del Municipio de Ixtenco, Tlaxcala se declaró en
vías de cumplimiento, luego de que en la sentencia de 12 de abril de 2022
dictada en este juicio por parte del Pleno del TET, se ordenó a las autoridades
responsables el pago de remuneraciones reclamadas por el actor y se vinculó al
Presidente municipal, para que cumpliera con lo ordenado.
En la sesión
celebrada este miércoles, la autoridad jurisdiccional sancionó y autorizó el
convenio de mérito en los términos pactados entre las partes, para el pago de
las remuneraciones pendientes.
En tanto en el
expediente TET-JDC-495/2021 promovido por expresidentes de comunidad del municipio
de Ixtacuixtla, en contra de actos del presidente Municipal y el Tesorero de
ese Ayuntamiento, en el que se señaló la omisión del pago de sus remuneraciones
de la primera y segunda quincena del mes de agosto de 2021, se declaró
infundado, pues la autoridad responsable acreditó haber realizado el pago de
las remuneraciones reclamadas, después de un retraso motivado por el proceso de
entrega-recepción, además de que los promoventes de este juicio, manifestaron
ante esta autoridad jurisdiccional haber recibido los pagos señalados.
En el Juicio de
la Ciudadanía identificado con el número TET-JDC-060/2022 promovido por
ciudadanas y ciudadanos, en contra de del acuerdo del Instituto Tlaxcalteca de
Elecciones (ITE) ITE-CG
36/2022, en el que se alegó la vulneración de sus derechos político electorales
de asociación y afiliación política, al no reconocerse el cambio de
denominación de la organización que pretende constituirse como partido político
local, “Sociedad Independiente SI; ni aprobar el nombramiento de Dirigentes
Estatales, así como el cambio de titularidades de sus órganos internos, el TET
actualizó las causales de improcedencia, pues la mayoría de los promoventes no
son reconocidos como agremiados a dicha agrupación , por lo que ningún
perjuicio les podrían causar los actos de esa organización
Con las pruebas estudiadas, la Magistrada Presidenta y Magistrados aprobaron declarar infundados los motivos de inconformidad planteados por la parte actora y confirmar el acuerdo ITE-CG 36/2022, en lo que fue materia de impugnación.
En el acuerdo
plenario TET-JDC-066/2022
y acumulados promovidos
por los Presidentes de Comunidad de las secciones Segunda y Tercera, ambas del
Ayuntamiento de Mazatecochco, en el que se reclamó la omisión o negativa de
entregarles las participaciones que les corresponden a sus comunidades respecto
de los meses de enero a julio de 2022, por no tratarse de un asunto de
naturaleza electoral, esta autoridad jurisdiccional no tiene competencia para
la atención del mismo.
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